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Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos

A continuación se presenta el detalle de las facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos realizadas por este Organismo ().

Última actualización: 10/04/2016


Unidad u órgano interno Facultades, funciones o atribuciones Fuente legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente Fecha última modificación
(dd/mm/aaaa)
DIRECTORIO El Directorio tendré las siguientes atribuciones:
a) Formular el plan general de trabajo, al que deban ceñirse las
actividades del Servicio.Aceptar el ingreso de nuevos miembros.
f) Aceptar o repudiar donaciones, herencias o legados que se hagan al
Servicio.
9) Fijar la dieta de los Directores por su asistencia a sesiones ; y
h) Delegar atribuciones y conferir poderes especia les para efectos
determinados. Para adoptar los acuerdos a que se refieren las letras
a), b), g), h), y para constituir al Servicio en codeudor solidario, se
requeriré el voto conforme de los Di rectores nombrados por la
Corporación de Fomentó de la Producción, que se encuentren
presentes.
b) Aprobar los presupuestos anuales, los estados de situación, las
cuentas generales de entradas y gastos y la Planta del Personal.
c) Designar al Gerente General, a propuesta del Presidente y fijarle su
remuneración.
d) Adquirir, gravar y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes y
derechos muebles e inmuebles, acciones, bonos y valores
mobiliarios ; formar, constituir e integrar Corporaciones de derecho
privado, asociaciones o comunidades ; aportar capitales a ellas,
disolverlas o liquidarlas ; dar o tomar en arrendamiento toda clase de
bienes muebles e inmuebles ; contratar cuentas corrientes de
depósito o de crédito ; girar o sobregirar en ellas ; retirar depósitos a
la vista o a plazo en instituciones bancarias de toda especie ;
reconocer, aceptar o impugnar saldos ; contratar créditos en cuenta
corriente ; contratar préstamos dé toda clase ; constituir a la
institución como co deudora solidaria ; contratar avances contra
aceptación ; girar, aceptar, reaceptar, endosar y protestar cheques,
letras de cambio u otros efectos de comercio ; endosar documentos
de embarque ; retirar valores en custodia ; retirar valores en garantía ;
ceder créditos y aceptar cesiones ; celebrar contratos y suscribir toda clase de obligaciones y documentos, con garantía real, prendaría,
hipotecaria o con otras cauciones ; contratar seguros sobre los
bienes del Servicio ; y en general, ejecutar todo acto o contrato, ya
sea de administración o disposición de bienes o de aquellos que por
su naturaleza, requieran poder especial, siempre que digan relación
con la labor y actividades del Servicio.Aceptar el ingreso de nuevos miembros.
f) Aceptar o repudiar donaciones, herencias o legados que se hagan al
Servicio.
9) Fijar la dieta de los Directores por su asistencia a sesiones ; y
h) Delegar atribuciones y conferir poderes especia les para efectos
determinados. Para adoptar los acuerdos a que se refieren las letras
a), b), g), h), y para constituir al Servicio en codeudor solidario, se
requeriré el voto conforme de los Di rectores nombrados por la
Corporación de Fomentó de la Producción, que se encuentren
presentes.
Estatutos Sercotec Ver Enlace 30 de junio de 1960
Gerente Gereral El Gerente General tendrá las siguientes atribuciones y deberes:
a) Dirigir las operaciones del Servicio de acuerdo con las disposiciones
de estos estatutos.
b) Organizar el manejo interno de las oficinas y hacer llevar la
contabilidad en orden y al día.
c) Ordenar la compra, uso, control y disposición de los bienes del
Servicio, de acuerdo con las instrucciones del Directorio.
d) Contratar a los empleados y obreros del Servicio y poner término a
sus funciones cuando lo estime conveniente.
e) Preparar los planes y programas de trabajo y su financiamiento.
f) Preparar los informes generales o especiales que le fueren requeridos
por el Directorio.
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9) Resolver todos los asuntos de índole administrativa que requiera la
marcha regular del Servicio y llevar y hacer llevar a efecto los
acuerdos y resoluciones que tome el Directorio.
h) Firmar, en representación del Servicio, la correspondencia y demás
documentos que emanen de éste.
i) Representar extrajudicialmente al Servicio, con las más amplias
facultades.
j) Delegar sus atribuciones con la autorización del Directorio,circunstancia ésta que no será necesario acreditar ante terceros.
Estautos de Sercotec Ver Enlace 30 de junio de 1960

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